Un informe de Deloitte indica que la mayoría de las disposiciones que conducen a cambios en el impuesto a la renta entrarán en vigencia en 2023. También hay iniciativas y beneficios a partir de 2024 y 2025.
que considerarEl gobierno ya inició el proceso legislativo para la reforma tributaria. El proyecto primero será considerado por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, luego será sometido a votación en la Cámara y comenzará su segunda fase en el Senado.
- La Comisión de Hacienda de la Cámara está presidida por el Diputado de Gobierno Jaime Naranjo (PS), y su homólogo en el Senado es la Senadora no estatal Ximena Rincón (DC). El congresista ha criticado la propuesta fiscal del Ejecutivo. “Me preocupa que se reduzcan los impuestos corporativos y que se quiten las exenciones fiscales a la clase media. Realmente no puedo entenderlo”, dijo el senador la semana pasada.
- En base al texto legal, Deloitte ha realizado un análisis de cada unoDisposiciones modificadas o creadas por la reforma. En algunos casos comienzan el 1 de enero de 2023, en otros pueden ser iniciativas que aplican a partir de 2025.
Cambios en el impuesto sobre la renta
Cambia el impuesto sobre la renta.En este sentido, el proyecto introduce nuevos tramos en el Impuesto Global Complementario (IGC), elevando su techo del 40% al 43%. Los cambios se aplican a las personas que ganan más de 70 UTA (alrededor de $4 millones por mes) y el límite del 43 % se aplica a las personas que ganan más de 140 UTA (alrededor de $8 millones por mes).
- Validez:1 de enero de 2023.
sistema dual“El proyecto sustituye el artículo 14 de la LIR e incluye un nuevo régimen fiscal general para las grandes empresas que separaría la tributación de las sociedades anónimas de la de sus socios y sustituiría el actual régimen semiintegrado”, resume Deloitte. Se puede deducir una tarifa del 2 % ("Tarifa de desarrollo") de la tarifa corporativa máxima del 27 % cuando se utiliza para una variedad de actividades productivas.
- “En cuanto a la tributación de los propietarios, socios o accionistas, el proyecto crea un artículo nuevo. la sociedad. El impuesto de primera categoría no será un crédito del nuevo impuesto a las ganancias de capital y estas rentas estarán exentas del impuesto global complementario, “, agrega, agregó la Oficina. “Por supuesto, los contribuyentes del recargo global pueden optar por imputar la misma renta a ese impuesto. En estos casos se puede deducir como crédito el impuesto del 22%, que previamente debe haber formado parte de la “renta” bruta global.
- Validez:1 de enero de 2025, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo transitorio segundo del proyecto.
tasa de desarrolloAsí definido, corresponde a un impuesto que se puede deducir de un máximo del 27% de las empresas que gastan en I+D (además del beneficio específico en esta materia), propiedad intelectual, certificaciones ISO, "contenido de alta tecnología" servicios o justificar la compra de bienes o servicios avalados por Corfo.
- Validez:1 de enero de 2025. Sus disposiciones se aplican a hechos ocurridos y/o rentas percibidas o devengadas a partir de esa fecha.
Apoyo I+D.El crédito fiscal máximo se triplicará, con un tope de $2.5 mil millones. Las pymes están incluidas en este sistema.
- Validez:1 de enero de 2023.
Ganancia capital.Hasta el momento, las ganancias de capital se benefician de una ventaja que les permite tributar al 10%. La reforma elimina esta preferencia y ratifica la exigencia del nuevo criterio de dividendo: 22%. Se puede devolver en el IGC.
- Validez:1 de enero de 2024.
Cambios en el sistema DFL2.La propuesta suprime la exención otorgada anteriormente para alquilar una propiedad DFL2. Además, según Deloitte, “los derechos reales creados sobre este tipo de bienes, transmitidos por sucesión mortis causa o objeto de una donación, están sujetos al impuesto sobre sucesiones y donaciones”.
- Validez:1 enero 2023
Tipo de interés del 1,8% en sociedades pasivas.La propuesta propone fijar una tasa del 1,8% sobre las utilidades de las empresas que difieran el pago del impuesto a las ganancias de capital, en el caso de sociedades de inversión u otros vehículos similares. Se aplica a las empresas que tienen el 50% o más de sus ingresos brutos anuales de ingresos pasivos, como "dividendos e intereses, que no sean instituciones financieras, regalías o arrendamientos de bienes raíces", describe Deloitte. Por lo tanto, las empresas con carácter operativo están exentas de esta tasa.
- Validez:1 de enero de 2025.
impuesto al final del turno.La reforma propone cambios cuando los contribuyentes finalizan un borrador. Deloitte explica que esto aplica para algunos casos de empresas en el nuevo régimen semi-dual por rentas recaudadas, remitidas o distribuidas. El impuesto sería del 22% en algunos casos y del 35% en otros.
- Validez:1 de enero de 2025 aplicable a hechos ocurridos y/o ingresos percibidos o calculados a partir de esa fecha.
Impuesto Sustituto sobre Utilidades Retenidas (ISUA).El proyecto de ley establece que se gravará un impuesto sustitutivo en la transición del Registro de Impuestos sobre la Renta Afectados (RAI) al nuevo sistema dual. “Al gravarse este impuesto, estas ganancias habrán terminado su tributación y serán inscritas en el Registro de Rentas Exentas (REX) y podrán ser deducidas en el orden de crédito que establezca la ley. En 2025, el régimen general será dual. En los FY2023, 2024 y 2025, las ganancias pendientes de tributación final en el registro RAI podrán ser elegibles para ISUA a una tasa especial del 10%. En 2026 y 2027, la tasa será del 12%”, dice Deloitte.
- Validez:1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2027.
Impuesto sobre salud
Nuevo impuesto.La iniciativa propone un impuesto a los altos patrimonios en dos tasas: 1% sobre bienes o especies con valor superior a 6.000 UTA (casi US$5 millones) y 1,8% sobre 18.000 UTA (casi US$15 millones).
- “Otros impuestos a la propiedad como el IPTU, el recargo IPTU y la tasa de diferimiento del impuesto personal podrían utilizarse como crédito a este impuesto para evitar la doble tributación”, dice Deloitte. El impuesto vence el 31 de diciembre. de cada año calendario y debe declararse y pagarse antes de junio del año siguiente.
- Validez:1 de enero de 2024, por la parte del patrimonio calculada el 31 de diciembre de 2023, y así sucesivamente. En el primer año de aplicación, el impuesto sólo se aplica a los bienes superiores a 18.000 UTA, con una tasa de gravamen del 1,8%.
reyes
Nueva licencia minera.Se aplica de forma híbrida ya que incluye un componente de venta que varía entre tasas efectivas entre 1% y 2% para productores entre 50.000 y 200.000 toneladas de cobre fino (TMCF) y entre 1% y 4% para aquellos con más de 200.000 TMCF y un componente de la renta minera a tasas entre 2% y 32% de la rentabilidad operativa a precios del cobre entre $2 y $5 por libra. Las tasas de interés suben cuando sube el precio del cobre.
- Validez:definir.
Reglas de evitación y evitación
beneficiarios finales.La iniciativa está configurando un registro de beneficiarios reales para brindarle al SII más información sobre los propietarios finales de las empresas. Hay sanciones por incumplimiento.
- Validez:Año 2025, excepto para grandes empresas y fondos de inversión, para los cuales aplica hasta 2024, con información a presentar hasta marzo del mismo año.
los precios de transferencia.La norma se actualiza de acuerdo con los acuerdos anticipados de precios de transferencia (APA) y el proceso de solicitud de realineación. “Si bien la diferencia calculada seguirá gravada a la tasa uniforme del 40%, los ajustes no impiden la aplicación de otras normas tributarias. Previo al envío de una solicitud APA, se puede realizar una solicitud previa al SII para retroalimentar la factibilidad de un convenio en un plazo de dos meses”, dice Deloitte. Se añadirán otras disposiciones.
- Validez:Se aplicaría a los hechos ocurridos a partir de 2023 y/o ingresos percibidos o devengados.
Ingresos pasivos.Corresponde a uno de los cambios en el régimen del impuesto a la renta, que en este caso se centra en las normas sobre ingresos pasivos. “Para el límite de UF2.400 en el que no se requiere el reconocimiento de rentas pasivas de filiales en el exterior, se computarían las rentas pasivas de partes relacionadas y cada quien deberá calcular sus rentas pasivas si se supera este límite”, describe Deloitte. .
- Validez:Se aplicará a los hechos ocurridos y/o ingresos percibidos o acumulados a partir de 2023.
sobreendeudamiento.Caduca la posibilidad de que la empresa deudora deduzca el impuesto aplicable bajo la regulación del sobreendeudamiento como gasto.
- Validez:Se aplicará a los hechos ocurridos y/o ingresos percibidos o acumulados a partir de 2023.
Denunciante anónimo de impuestos.Esta nueva figura está relacionada con el mecanismo de denuncia de delitos de cuello blanco. La propuesta se aplicaría en los casos en que un tercero descubra infracciones tributarias y las denuncie de forma anónima: recibe el 10% de la multa como beneficio si se comprueba la infracción. También se aplica en el caso de auto-revelación, para lo cual sería ventajoso evitar o reducir las sanciones penales.
- Validez:definir.
Evaluación según el Art. 64.El proyecto modifica la facultad de determinación del artículo 64 del Código Tributario para “establecer métodos de determinación dentro de los cuales el contribuyente deberá elegir el método más adecuado, sin perjuicio de la facultad del SII de impugnar el método si no es el más adecuado, para reflejan el valor económico. Los métodos de valoración reconocidos incluyen el método de flujo de caja descontado, el método relativo o múltiplos.” Hay otros cambios
- Validez:regla general: a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.
Limitación de Excepciones
Fondos de inversión.A partir de la propuesta, los fondos de inversión privados estarán sujetos al impuesto de primer nivel, con excepción de los fondos de capital riesgo. Los fondos de inversión pública conservarían la exención fiscal de primer nivel, pero se verían afectados por el impuesto a los dividendos sobre las distribuciones de utilidades a personas jurídicas.
- Validez:1 de enero de 2025, sujeto a ciertas reglas especiales.
- También existe “una tasa de reposición del 32% para los fondos que mantengan un saldo de utilidad imponible acumulada incluido en el libro de renta imponible al cierre del ejercicio 2022, 2023 o 2024”.
- Validez:La opción de desempeño es ejercitable hasta el último día hábil bancario de diciembre de 2023, 2024 o 2025 respecto de los saldos calculados el 31 de diciembre de 2022, 2023 y 2024.
Renta aceptada.Esta modalidad se reduce significativamente. Ahora solo pueden acceder a él los contribuyentes “microempresarios”, con una facturación máxima de UF2.400 anuales.
- Validez:Por lo general, los cambios entrarán en vigencia a partir del año fiscal 2026, pero esta reducción prevé un proceso de salida por etapas durante cuatro años que alienta a las empresas que salen a unirse al régimen transparente.
tomar pérdidas.Si bien la deducción por pérdidas fiscales del año anterior sigue siendo (ilimitada), solo se puede utilizar como límite el "50% de la renta neta imponible determinada en cada año". Según el nuevo punto 6 del artículo 33 LIR, las pérdidas fiscales pueden deducirse hasta el límite del 50% de la base imponible calculada en el ejercicio en que se aplica la reducción.
- Validez:1 de enero de 2024.
- Régimen transitorio:Para el ejercicio fiscal 2024, los contribuyentes que retengan bases imponibles negativas compensatorias a partir de esa fecha podrán deducirlas hasta el límite del 75% de sus ingresos netos calculados para el ejercicio fiscal 2024 según se indica anteriormente, etc.
préstamos hipotecarios.Los intereses solo se pueden deducir de hasta un préstamo hipotecario si tiene varios.
Validez:1 de enero de 2023.
Limitación global del acceso a los beneficios fiscales.El gasto deducible por desgravación fiscal es de UTA 23 ($15 millones). Asimismo, la deducción por ingresos libres de impuestos y créditos de recargo global tiene un tope de 2,3 UTA, o el 50% del IGC calculado sin contabilizar esos créditos de beneficios, resume Deloitte.
Validez:1 de enero de 2023.
herencias y regalos.El proyecto de ley modifica las reglas por las que se valoran los bienes a efectos del impuesto sobre sucesiones y donaciones. “Se incluye como criterio rector para la valoración de los bienes hereditarios el concepto de valor económico, entendido como el valor de un activo o pasivo que se hubiera contratado u obtenido de un tercero, teniendo en cuenta, por ejemplo, las características de los mercados relevantes, las funciones desempeñadas por las partes, los activos y riesgos, las características específicas, componentes y elementos determinantes del activo o pasivo de que se trate, o cualquier otro acontecimiento o circunstancia razonablemente relevante, según el caso bajo análisis”, dice Deloitte.
Validez:a partir del primer día del mes siguiente al de la publicación de la ley en el Diario Oficial.
ventajas de la clase media
Deducción de los gastos de alquiler.La propuesta incluye una opción para deducir hasta $450.000 mensuales por concepto de renta para contribuyentes personas físicas que pagan el Impuesto Global Complementario. Se deduce de la base imponible de este impuesto.
- Validez:definir
Deducción por gastos de cuidado de familiares.Un nuevo beneficio para las personas que cobran por gastos de cuidado de niños (menores de dos años que no son elegibles para guardería, personas con un grado de dependencia grave) pueden deducir hasta 10 UTA por mes (aproximadamente $ 550,000) según el IGC. Es un monto máximo por contribuyente, independientemente del número de dependientes.
- Validez:1 de enero de 2023.
Nueva regulación pymes
Sistema de control integrado.El proyecto mantiene esta regla pyme con una tasa máxima del 25%. Sin embargo, se modificará el registro de pérdidas acumuladas y se reducirán algunos requisitos de ingresos para los contribuyentes de 75.000 UF que, entre otros beneficios, podrán acogerse al incentivo al ahorro (reducción del 50% de la renta líquida imponible).
- Validez:1 de enero de 2025, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo transitorio segundo del proyecto.
Fiscalidad transparente.Se mantiene el arreglo actual y se hacen algunos cambios a las pérdidas de años anteriores.
- Validez:1 de enero de 2025, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo transitorio segundo del proyecto.
Crédito especial de IVA.Si una empresa tiene un año de funcionamiento, puede optar por un crédito especial del 100% del IVA gravado en los tres primeros meses de actividad, el 50% en el trimestre siguiente y el 25% en los últimos seis meses.
- Validez:El presente reglamento entra en vigor 6 meses antes de la publicación de la ley en el Diario Oficial.
Fondos privados de inversión en capital riesgo.Si la FIP tuviera una política de inversión de capital de riesgo, mantendría la exención de impuestos de primer nivel.
- Validez:1 enero 2025
Reducción de intereses de demora.El proyecto contempla la reducción del tipo de interés de las deudas tributarias morosas de las PYME del 1,5% al 1% mensual; No se pagan intereses en los contratos de pago a 12 meses.
Validez:a partir del primer día del mes siguiente al de la publicación de la ley en el Diario Oficial.